Exportar significa vender mercancías a un comprador de otro país y enviárselas. En la Unión Europea la palabra tiene además un sentido aduanero preciso: hay exportación cuando la mercancía sale del territorio aduanero de la UE, y entonces viaja amparada por una declaración de exportación hasta la aduana de salida. Para el transporte por carretera es un porte con trámites añadidos, y esta entrada explica qué necesita el transportista antes de cargar y en la frontera.
Exportar dentro y fuera de la UE
En aduana, solo la mercancía de la Unión que va a salir del territorio aduanero de la UE se incluye en el régimen de exportación (Código Aduanero de la Unión, Reglamento (UE) n.º 952/2013, art. 269):
- Dentro de la UE: un camión de Valencia a Lyon no hace una exportación aduanera. La mercancía circula libremente y, a efectos de IVA, la venta a una empresa con NIF-IVA de otro Estado miembro es una entrega intracomunitaria.
- Fuera de la UE: un envío a Reino Unido, Suiza, Noruega o Marruecos sí lo es, con declaración de exportación y paso por la aduana de salida.
La venta de exportación puede quedar exenta de IVA, pero solo si la mercancía sale efectivamente de la UE, y el exportador debe conservar los documentos de transporte y los que acreditan la salida (Ley 37/1992, art. 21, y Real Decreto 1624/1992, art. 9). La carta de porte del camión forma parte de esa prueba.
La declaración de exportación, paso a paso
- Registro. El exportador, o su representante aduanero, necesita un número EORI, su identificador ante la aduana en toda la UE.
- Clasificación. Cada producto se declara con su código de mercancía, que fija su trato aduanero, construido sobre el código HS de seis dígitos que usan las aduanas de todo el mundo.
- Declaración. Se presenta por vía electrónica (en España, en el sistema AES de la Agencia Tributaria), por regla general donde está establecido el exportador o donde se carga o embala la mercancía. Al aceptarla, la aduana de exportación le asigna un número de referencia, el MRN.
- Salida. El camión lleva la mercancía a la aduana de salida, que puede ser otra (por ejemplo, un puerto). Allí la mercancía se presenta en aduana con referencia al MRN, un trámite que puede hacer el propio transportista. Si las dos aduanas no coinciden, el declarante dispone además del documento de acompañamiento de exportación (DAE).
- Certificado. Cuando la mercancía abandona la UE, la aduana de exportación emite para el declarante el certificado de salida efectiva, que cierra la operación.
¿Los papeles de exportación viajan con su conductor? En el Orders Module de IMPARGO usted adjunta al pedido la factura, el documento de exportación o la carta de porte y, al activar la opción «Cualquiera», el conductor los ve en la DriverApp. adjunte los documentos a su próximo pedido
Incoterms: quién hace el despacho de exportación
Quién presenta la declaración lo decide el contrato de compraventa, normalmente con un Incoterm. Con EXW, el comprador se encarga de todos los trámites de exportación y del transporte de todo el trayecto; con FCA, la obligación y el coste del despacho de exportación recaen en el vendedor; con DDP, el vendedor asume además la importación en destino, que con DAP despacha el comprador. Así, el Incoterm indica al transportista de quién llegarán los documentos. El detalle está en las 11 reglas Incoterms 2020 y lo que reparte cada una entre vendedor y comprador.
En una exportación suelen intervenir el cargador que vende, el transitario que organiza el despacho y el transportista que mueve el camión; IMPARGO reúne las herramientas de cada uno en las soluciones TMS para cargadores, transitarios y transportistas.
Qué documentos necesita el transportista
El Convenio CMR, que rige el transporte internacional por carretera, reparte la responsabilidad de los papeles de aduana:
- La carta de porte recoge las instrucciones exigidas para las formalidades de aduana y, cuando proceda, la lista de documentos entregados al transportista (art. 6).
- El remitente debe adjuntar a la carta de porte, o poner a disposición del transportista, los documentos necesarios para la aduana y darle toda la información que necesite (art. 11).
- El transportista no está obligado a comprobar si son exactos o suficientes, y el remitente responde de los daños por su falta o irregularidad, salvo culpa del transportista. Si el transportista los pierde o los usa mal, responde con el límite de la indemnización por pérdida de la mercancía (art. 11).
Más sobre el Convenio CMR y la carta de porte internacional en su propia entrada. Antes de cargar conviene tener el MRN (o el DAE), la factura comercial, la lista de bultos y, si el comprador pedirá un arancel preferente, la prueba de origen, y saber cuál es la aduana de salida, porque decide la ruta.
Errores frecuentes en los portes de exportación
- Llegar a la frontera sin MRN: sin esa referencia no se puede notificar la llegada a la aduana de salida, y el camión espera.
- Confundir exportación y envío intracomunitario: un porte a Francia no necesita declaración de exportación; uno a Suiza, sí.
- Una salida sin certificar: el exportador se queda sin la prueba de salida que exige la exención del IVA.
Para el jefe de tráfico, la aduana de salida es una parada más del tour, con su propio tiempo de espera.